Por Resolución de la Sra. Consejera Insular de Medio Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas, de fecha 11 de julio de 2012 se dictó la siguiente resolución
“En fecha 17 de mayo de
2012 se celebró sesión ordinaria del Consejo Insular de Caza de Tenerife al
objeto de informar sobre la Orden Canaria de Caza, tal y como preceptúa el
artículo 3.a) de sus propios Estatutos de funcionamiento, acordándose por
mayoría de los miembros presentes informar la
viabilidad de apertura de caza de conejo con perro, hurón y escopeta desde el
16 de septiembre hasta el 4 de octubre, informe que fue remitido al Consejo
Regional de Caza y cuyo contenido trascendió a los medios de comunicación.
Finalmente, la Orden de 27 de junio
de 2012, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2012,
así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad
Autónoma de Canarias, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 127, de 29
de junio, no recogió la modalidad de caza de conejo que había sido informada
por el Consejo Insular de Caza de Tenerife.
A raíz de la medida aprobada se han
presentado algunas reclamaciones de devolución de importe de tasa por
expedición de licencia de caza Clase A, motivadas en la creencia de que la
medida informada por el Consejo Insular de Caza de Tenerife y publicitada en
los medios iba a ser la definitiva.
La Orden Canaria de Caza es la norma
jurídica que determina las modalidades y condiciones para la caza en cada isla
y año, teniendo los acuerdos previos tomados al respecto en el Consejo Insular
de Caza de Tenerife el carácter de informe-propuesta, preceptivos pero no
vinculantes. No obstante, desde esta Consejería se entiende que la publicidad
de los acuerdos del Consejo Insular de Caza pudo haber ocasionado la existencia
de un error en aquellos cazadores que solicitaron y obtuvieron una licencia de
caza Clase A tras la celebración del Consejo Insular de Caza de Tenerife y
antes de la publicación de la Orden Canaria de Caza.
Al objeto de racionalizar y
simplificar el procedimiento de anulación de las licencias de caza Clase A que
pudieran estar viciadas por dicho error, y en virtud de las competencias
atribuidas por el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife,
resuelvo:
1.- Aprobar el siguiente
procedimiento de anulación de licencias de caza Clase A concedidas desde el día
18 de mayo de 2012 hasta el día 29 de junio de 2012:
PROCEDIMIENTO DE ANULACIÓN
DE LICENCIA DE CAZA CLASE A
DE LICENCIA DE CAZA CLASE A
1.- Interesados:
Tendrán la
consideración de interesados aquellas personas que hayan obtenido una licencia de caza Clase A expedida por el Cabildo Insular
de Tenerife desde el día 18 de mayo de 2012 hasta el día 29 de junio de 2012
(ambos inclusive).
2.- Solicitudes:
Aquellos interesados que deseen la anulación de su licencia de caza
Clase A deberán presentar la
correspondiente solicitud (en el modelo
aprobado como Anexo I a las presentes normas) en el Registro de Entrada del
Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas, o en los Registros
General y Auxiliares del Cabildo Insular de Tenerife hasta el día 4 de agosto de 2012 (inclusive)
3.- Resoluciones provisional y definitiva de anulación:
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras efectuar las
comprobaciones oportunas, se dictará resolución
con la relación de las licencias Clase A anuladas provisionalmente,
concediendo un plazo de DIEZ DÍAS
HÁBILES contados desde el día siguiente a la publicación decorrespondiente anuncio
en el Tablón de Anuncios del Cabildo Insular de Tenerife para que los titulares de las licencias anuladas entreguen el título
documental de las mismas (tarjeta original) en la Unidad de Caza del
Servicio Administrativo de Medio Ambiente y Sostenibilidad Territorial del Cabildo
Insular de Tenerife, sito en planta 0 del Pabellón Insular Santiago Martín, Los
Majuelos, La Laguna.
Finalizado dicho plazo,
se dictará resolución con la relación de
las licencias Clase A anuladas definitivamente, procediéndose a la
publicación del correspondiente anuncio en el Tablón de Anuncios del Cabildo
Insular de Tenerife.
4.- Devolución del importe de la tasa:
Para proceder a la devolución de la tasa abonada por la
expedición de la licencia anulada definitivamente, el interesado deberá presentar en el Registro General o Auxiliares
del Cabildo Insular de Tenerife modelo
debidamente cumplimentado del Alta de Terceros con los datos de la cuenta
bancaria en la se solicita el ingreso de la devolución de la tasa,
acompañado de la documentación señalada en el mismo.
5.- Expedición de nuevas licencias de caza en el año en
curso.
Las personas a las que
se les haya anulado provisionalmente la licencia de caza Clase A podrán, previa
entrega del título documental de la licencia (tarjeta original), solicitar la
expedición de nueva licencia de caza conforme a la normativa vigente, previo la
tarifa de la tasa correspondiente a la expedición de la nueva licencia.
2.- Publicar la presente resolución
en el Tablón de Anuncios del Cabildo Insular de Tenerife, dando traslado del
mismo a la Federación Insular de Caza, Federación de Asociaciones para la
Gestión Cinegética de la Isla de Tenerife, y Sociedades de Cazadores
(colaboradoras o no)”.
En San Cristóbal de La Laguna, a 11 de julio de 2012.
La Consejera Insular de Área. Ana Guadalupe Mora Padilla
SOLICITUD
DE ANULACIÓN DE LICENCIA DE CAZA CLASE A (2012)
Datos del solicitante:
Nombre
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Apellidos
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NIF/NIE
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Fecha Nacimiento
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Domicilio
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Municipio
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Provincia
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CP
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Nacionalidad
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E-mail
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Teléfono/s
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Fax
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Expone:
Que entre el 18 de mayo
y el 29 de junio de 2012 solicité y obtuve licencia de caza Clase A expedida
por el Excmo. Cabildo
Insular de Tenerife, a la vista de la información publicada relativa al informe
aprobado por el Consejo Insular de Caza de Tenerife, entendiendo por error que
la decisión tomada en dicho órgano no se vería modificada posteriormente por la
Orden de Caza de Canarias. Sin embargo, a la vista de las modalidades de caza
autorizadas para el 2012 en la Orden publicada en el BOC nº 127, de 29 de junio
de 2012
Solicita:
PRIMERO: Que se proceda a la anulación de la licencia de
caza Clase A expedida a mi nombre con el número de licencia: ______________.
SEGUNDO: Que se proceda a la devolución del importe de las
tarifas abonadas en concepto de tasa por la expedición de dicha licencia y sus
complementos, en la cuenta corriente abierta a mi nombre facilitada en el Alta
de Terceros del Cabildo Insular de Tenerife.
En ………………………………, a ……… de ……………………………… de …………
Fdo: El solicitante
Conforme
a lo previsto en la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos
de Carácter Personal, se le informa de
que los datos recabados en este documento son de carácter obligatorio, y serán
incorporados en ficheros de titularidad del Cabildo de Tenerife para los
usos y finalidades previstos por la ley en relación con la actividad
cinegética. Estos datos serán tratados
de forma confidencial. En cualquier momento podrá ejercitar los derechos de
acceso, oposición, rectificación o cancelación
mediante escrito que podrá presentar en el Registro General de la Corporación, ubicado
en Plaza España, 1 - 38003 Santa Cruz de Tenerife.
Sra.
Consejera Insular del Área de Medio
Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas
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