Yo desde mi punto de
vista no la encuentro acertada por lo siguiente:
Dice que ha sido un
cazador. ¿Por qué? No solo el hecho de
llevar un arma te convierte en cazador.
Este individuo por llamarlo con un poco
de respeto, ni es cazador ni es nada parecido , bajo mi punto de vista es un
desalmado o un psicópata o un terrorista más disfrazado de cazador.

La inmensa mayoría por
no decir el cien por cien de los
cazadores, cuando son abordados por los Guardas Rurales, la Guardia Civil o
cualquier autoridad, nunca actúan de
forma violenta, aunque estén molestos por haber sido sorprendidos cometiendo
una infracción en materia de caza, que solo puede acabar en una sanción
económica. ¿Vale la pena quitarle la
vida a dos padres de familia por ser culpable de una infracción de caza?. Cualquiera
que tenga dos dedos de frente, sabe que ni por eso ni por nada, ya que nadie tiene derecho a quitarle la
vida a otra persona por mucho que se lo merezca incluso, es la justicia la
que debe dictaminar hasta donde llega el castigo a imponerse al infractor o delincuente,
y en este caso quienes han perdido la vida son precisamente dos defensores de
la Ley.

Para obtener licencia
para la tenencia y uso de las armas largas rayadas para caza mayor o de
escopetas y armas asimiladas, el artículo 102.2 del Reglamento de Armas,
establece la exigencia de superar las pruebas de capacitación que
determina el Ministerio del Interior sobre:
- Conocimiento de las armas, su cuidado y
conservación (prueba teórica)
- Conocimiento del Reglamento de Armas (prueba teórica).
- Habilidad para el manejo de las armas y su
utilización (prueba práctica).
Para obtener por
primera vez las licencias D ó E los interesados deberán
superar las dos pruebas de capacitación, una teórica y una práctica, como
ya hemos expresado, que serán evaluadas por la Guardia Civil. De igual forma
los menores que deseen obtener la Autorización Especial de
armas para menores (AEM) deben superar las mismas pruebas.
Además las pruebas de
capacitación serán aplicables, a las primeras autorizaciones por parte de
extranjeros y españoles, mayores de 18 años, que tengan su residencia fuera de
España, para uso de armas largas rayadas, y de escopetas y armas asimiladas,
para la caza o concursos. Quedan exentos los que tengan su residencia en
cualquier país de la Unión Europea y acrediten estar en posesión de licencias
que habiliten para la tenencia y uso de dichas armas, expedidas en los países
en que residan.
Obligaciones de los poseedores de un permiso de armas.
Cualquier tipo de permiso de armas expedido a persona física o jurídica
obliga a su poseedor a adaptar ciertas medidas de seguridad o precauciones en
cuanto a las armas de fuego.
- Debemos guardar las armas de fuego en un lugar
seguro y adoptar las medidas que dificulten su pérdida o sustracción.
Estas medidas podrán ser valoradas por la Intervención de Armas de la
Guardia Civil.
- Debemos declarar pérdida, robo o destrucción de
las armas de fuego así como de su documentación. En el caso de pérdida o
robo de la documentación las armas serán depositadas hasta la obtención de
nuevos documentos.
- Debemos presentar las armas de fuego siempre que
se lo requieran las autoridades.

El incumplimiento de las normas puede suponer la retirada de la licencia.
En qué consiste el certificado médico de aptitudes psicofísicos.
En España hay multitud de centros de reconocimientos médicos donde
se puede obtener un certificado oficial o el psicofísico. Son los mismos
centros que tramitan la renovación de permiso de conducir. Tanto para la obtención de un permiso de armas como su
renovación necesitaremos realizar un examen médico para presentar
posteriormente un informe de la aptitud.
Todas las personas que hagan uso de las armas, deben de estar siempre en
condiciones de controlarlas. Los poseedores de un permiso de armas deben actuar
con diligencia, tomar precauciones necesarias y en general comportarse para no
ocasionar ningún daño o molestia a personas o sus bienes que nos rodean. Las
personas cuyas condiciones psíquicas o físicas, que les impiden utilizar de
forma segura para ellos mismos o para los terceros, no podrán obtener ni
renovar el permiso de armas.
Por todo ello y lo expuesto, quiero desde aquí expresar mi más sincero
pesar de que haya ocurrido este suceso, que pudo haberse evitado, quizás
tomando mayores precauciones, por parte de los Guardas Rurales en el momento de
la intervención para identificar al autor de los hechos. El cazador "siempre " que se acerquen a él los Guardas o
agentes de la autoridad debe y está obligado a proceder a descargar el arma que
lleva y mantenerla en posición de evitar disparos fortuitos. Si es una
escopeta, como decimos vulgarmente partida o con el cargador abierto y vacío,
Si es un rifle de cerrojo con este
abierto y hacia atrás, y si es semiautomático igual que las escopetas
abierta la ventana y sin cargador.
Por tanto pienso que debió haber
alguna razón, para que esto no se realizara así o bien el autor no obedeció desde un principio a los Guardas
Rurales, y tenía la idea preconcebida, o los Guardas tuvieron un descuido y un
olvido al acercarse. Todo ello deberá esclarecerse en las actuaciones
judiciales y policiales.
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