El Pleno de la Corporación Insular, en sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2012, aprobó inicialmente la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS, POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE SU COMPETENCIA.
Todo ello en cumplimiento del Plan de Ajuste, requerido por el Real Decreto-Ley 4/2012 de 24 de febrero, aprobado por el Ministerio de Hacienda y Adminisyraciones Públicas. La Ordenanza se encuentra según el texto, actualmente en exposición pública, y en cuanto entre en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o BOC, previsiblemente a finales de enero se aplicarán al día siguiente.
LAS TARIFAS SERÁN LAS QUE FIGURAN EN ESTA TABLA
TIPO DE LICENCIA
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SE
EXPIDE PARA:
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IMPORTE
2012
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IMPORTE
2013
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A1
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Caza con armas a mayores de 18 años
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20.60
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23.50
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A2
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Caza con armas menores de 18 años
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10.30
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11.75
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B1
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Caza sin armas solo perros, mayores 18
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10.30
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11.80
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B2
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Caza sin armas menores de 18
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5.15
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5.90
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C
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Caza con Hurón acompañado de licencias
clase “A” o “B”
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41.20
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47.00
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Morralero
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Mayores de 18 años
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10.30
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12.00
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Morralero
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Menores de 18 años
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5.15
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6.00
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Sustitución de clase
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Clase B1 vigente por clase A1
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10.30
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11.70
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Sustitución de clase
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Clase B2 vigente por clase A1
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17.6
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Sustitución de clase
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Clase B2 vigente por clase A2
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5.85
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Reproducción del Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Página 23398 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 173, miércoles 12 de diciembre de 2012
16163 14831
El Pleno del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2012,
acordó aprobar inicialmente el expediente de OrdenanzaFiscal reguladora de las Tasas por la realización
de Actividades Administrativas de Competencia del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en cumplimiento
del Plan de Ajuste requerido por el Real Decreto-Ley 4/2012.
del Plan de Ajuste requerido por el Real Decreto-Ley 4/2012.
El presente expediente será objeto de exposición pública durante treinta (30) días a partir del siguiente
a la publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán
examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De no presentarse reclamación
alguna durante el referido período, el presente acuerdo se entenderá definitivamente aprobado y las
nuevas tarifas entrarán en vigor al día siguiente de la publicación definitiva del acuerdo en el Boletín Oficial
de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 2012.
El Secretario General del Pleno, José Antonio Duque Díaz.- V.º B.º: el Presidente, Ricardo Melchior
Navarro.
Entre el Cabildo y la Federacion canaria de caza nos arruínan.
ResponderEliminarCreo D. Roberto Calimano, que debería explicar que tiene que ver la Federación Canaria de Caza en esta subida, pues según creo van a presentar desde la misma unas alegaciones, puesto que está en periodo de información hasta el día 12 de enero de 2013.
ResponderEliminarSi todos presentáramos alegaciones tal vez se buscara una solución, a esta subida del 14 %.
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