¿Que opinas sobre el peligro del conejo para la retama del Teide

sábado, 12 de enero de 2013

PARA PODER COMPARAR TASAS DE LICENCIAS DE CAZA TENEMOS UN EJEMPLO EN LA COMUNIDAD ANDALUZA DE SUS PRECIOS DE LAS TASAS POR LAS LICENCIAS DEL AÑO 2013

Tasas y Precios Públicos.

Las cuantías base estipuladas para la realización de monterías, ganchos, batidas, la obtención de licencias de caza y pesca continental, el carnet de cetrero, el permiso de tenencia de aves de cetrería y carnet de taxidermista, los derechos de examen y cursos para la acreditación para la caza y la pesca continental, y la obtención de permisos de pesca en cotos controlados por la Consejería de Medio Ambiente están contempladas en la Resolución de 19 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria, por la que se procede a hacer pública la redenominación a euros de las tasas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las cuantías base para el cálculo de las matrículas anuales de coto de caza, el  importe de la licencia de caza temporal y de la homologación de trofeos de caza están recogidas en la Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad.

A los importes reflejados en la Resolución de 19 de noviembre de 2001 y de la Ley 11/2010, de 3 de diciembre, hay que aplicarles el aumento establecido en la  Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para cada anualidad. El aumento establecido por la Ley 5/2012, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía

 FOTO DE LA GIRALDA DE SEVILLA


 Licencias de caza y pesca continental

LICENCIAS DE CAZA
1año     (€)  3 años     (€)   5 años     (€)
Con arma de fuego y otros procedimientos autorizados (A) Mayores 18    14,47     43,41     72,35
Menores 18      7,20     21,60     36,00
Sin arma de fuego (B) Mayores 18      7,20     21,60     36,00
Menores 18      3,61     10,83     18,04
Caza mayor, aves acuáticas, ojeo de perdiz Con arma de fuego (recargo de la básica A) Mayores 18      7,24     21,72     36,20
Menores 18     3,56     10,68     17,79
Sin arma de fuego (recargo de la básica B) Mayores 18     3,56     10,68     17,79
Menores 18     1,83       5,50       9,15
Reclamo de perdiz (C2)    29,07    87,19   145,32
Cetrería (C1)    40,11   120,32   200,55
Medios auxiliares de caza: Rehala (C4)  289,48     -     -

COMPETICIÓN DE CAZA CON GALGOS


No tiene nada que ver la caza en Andalucía y en Tenerife, puesto que los periodos de caza son mucho  mayores, LOS PRECIOS MÁS ECONÓMICOS Y EL NÚMERO DE ESPCIES CINEGÉTICAS MUY SUPERIOR.

Por ejemplo en la Campaña 2012/2013 empiezan con media veda  para el conejo de un mes, entre 8 de julio a 9 de septiembre, perido general entre 7 de octubre a 2 de diciembre.

Media veda para codorniz, tórtola común, palomas (1) y córvidos 19 de agosto a 16 de septiembre
Días hábiles: Jueves, sábados, domingos y festivos

Periodo general: Perdiz roja, liebre, codorniz, becada y resto de especies de caza menor, 7 de octubre a 30 de diciembre.
LIEBRE ENCAMADA
Días  hábiles: Lunes, martes, miércoles, jueves, viernes, sábados, domingos y festivos. Se podrán seguir corriendo liebres con galgos atraillados y cazando liebres con Azor y Águila Harries hasta el 27 de enero. Perdices, ánades reales, faisanes, codornices, paloma zurita y paloma bravía, objeto de suelta en escenarios de caza hasta el 31 de marzo
En cotos intensivos, perdices, ánades reales, faisanes, paloma zurita y paloma bravía objeto de suelta hasta el 28 de abril, y codornices durante todo el año.
Caza mayo:

CIERVO, GAMO, MUFLÓN, ARRUÍ, JABALÍ, y CABRA MONTÉS
13 de octubre a 10 de febrero
Días hábiles: Lunes, martes, miércoles, jueves, viernes, sábados, domingos y festivos.

CORZO (1)
10 de julio a 15 de agosto
5 de marzo a 15 de abril

Días hábiles: Lunes, martes, miércoles, jueves, viernes, sábados, domingos y festivos.
(1) Batidas: Podrán realizarse en los cotos que las tengan aprobadas en sus planes técnicos de caza únicamente del 5 de marzo al 5 de abril. Aquellos que renuncien a ellas, podrán solicitar prórroga para poder cazar a rececho hasta el 25 de mayo.

Si analizamos los precios  de las difrentes licencias equivalentes entre Andalucía y Tenerife obtenemos lo siguiente: 


COMPARATIVA DE PRECIOS POR LICENCIAS DE CAZA ENTRE TENERIFE Y LA COMUNIDAD DE ANDALUCÍA, CON SUBIDA DEL 1.6 %  SEGÚN LA LEY DE PRESUPUESTOS DE ANDALUCÍA 2013



CLASE
PRECIO EN TENERIFE
PROPUESTO POR EL CABILDO AÑO 2013
PRECIO
EN
ANDALUCÍA
AÑO
2013


DIFERENCIA

PORCENTAJE
SUPERIOR EN TENERIFE
MAYORES CON ARMAS
23.50
14.47
9.03
38.42 %
MENORES CON ARMAS
11.75
7.20
4.55
38.72 %
MAYORES SIN  ARMAS
11.80
7.20
4.60
38.98 %
MENORES SIN ARMAS
5.90
3.61
2.29
38.81 %
HURONES C1 CETRERÍA
47.00
40.11
6.89
14.65

En consecuencia  se puede observar como a pesar de que el Artículo 14 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA VIGENTE DICE:
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

SIN EMBARGO RESULTA EVIDENTE QUE A LA HORA DE LOS  LAS TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS EN EL CASO DE LA CAZA NO SOMOS IGUALES ANTE LA LEY NI SIQUIERA DENTRO DE NUESTRA COMUNIDAD COMO VEREMOS EN LA TABLA DE PRECIOS DE OTRAS ISLAS.
PODENCA DE  LA PALMA PROPIEDAD DE NUESTRO AMIGO TINO

COMPARATIVA DE PRECIOS POR LICENCIAS DE CAZA ENTRE TENERIFE Y LA ISLA DE LA PALMA CON SUBIDO DEL 2% SEÑALADO EN LA LEY 10/2012 BOC 31/12/2012.



CLASE
PRECIO EN TENERIFE
PROPUESTO POR EL CABILDO AÑO 2013
PRECIO
EN LAS PALMA PROPUESTO POR EL CABILDO AÑO 2013


DIFERENCIA

PORCENTAJE
SUPERIOR EN TENERIFE
MAYORES CON ARMAS
23.50
20.76
2.74
11.65 %
MENORES CON ARMAS
11.75
10.19
1.56
11.75 %
MAYORES SIN  ARMAS
11.80
10.19
1.61
13.64 %
MENORES SIN ARMAS
5.90
4.64
1.26
21.35 %
HURONES C1 CETRERÍA
47.00
41.46
5.54
11.78 %



HERIBERTO CAZADOR PALMERO FOTO CLUB DE CAZA EL CORCHO




Queda claro que nuestro Cabildo  de Tenerife, después de haber presentado el documento de Reclamación por parte de las Federaciones de Gestión Cinegética de Tenerife, Federación Canaria y la Federación Insular de Caza y haber analizado las apreciaciones, razones y fundamentos expuestos, se podrán dar cuenta de que los cazadores de Tenerife, en el sentido del pago de tasas estamos totalmente desfavorecidos con estas tasas que nos quieren imponer.
 
Esperemos que se lo piensen, recapaciten y se den cuenta que que esta medida, en vez de aumentar la recaudación, hará el efecto contrario pues muchos cazadores lo están pasando mal ,y no piensan pagar LOS PLATOS ROTOS DE UNA CRISIS Y UNA ECONOMÍA,  BASADA EN IMPUESTOS SUBIDOS EN DEMASÍA.




















































    -

jueves, 10 de enero de 2013

LAS FEDERACIONES DE CAZA HAN PRESENTADO UNA RECLAMACIÓN CONTRA LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LAS LICENCIAS DE CAZA EN TENERIFE

En la mañana de hoy, se ha presentado una Reclamación contra la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas, por las licencias de Caza en la Isla de Tenerife, en el Registro del Cabildo Insular.

Además de ello, se han mantenido reuniones con la Consejera del Área de Medio Ambiente y el Vicepresidente del cabildo Insular D Aurelio Abreu. En ambos casos, se les ha mostrado el malestar del colectivo de cazadores, por la subida de un porcentaje del 14 % sobre las tasas del año 2012.

El documento presentado de unas diez páginas, expone una serie de razones por las que se desmonta el apoyo legal de esta subida, aunque a todas luces desde la Consejería de Presidencia y Hacienda, hasta el momento no se les ve la menor intención de dar marcha atrás. La justificación que se hace es que en años anteriores no se han subido las tasas, y que por ello en este año hay que ajustar costes con ingresos, y el resultado son los precios que han aprobado en el Pleno del día 30 de noviembre, que ya hemos expuesto en información anterior.

Sin embargo y con datos en la mano, sabemos que en la Isla de La Palma ,se sube solo un 2 % atendiendo a la Ley 10/2012, de 29 de dicembre del Parlamento Canario, por el que se aprueban los Presupuestos Generales de Canarias para el año 2013. Realizadas consultas a otros Cabildos Insulares, ninguno de ellos hasta el momento, ha tomado la decisión de subir las tasas por las licencias de caza, y en su caso nos confirman que como mucho sería el 2 % la subida.

De esta forma  un cazador de cualquier isla, con su licencia en la mano, podría cazar en Tenerife por un precio inferior que los residentes en Tenerife, sin tener en cuenta la caza controlada.

Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013 (BOC de 31 de diciembre de 2012)). Texto completo.

   TÍTULO VII 

DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
Artículo 64.- Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto legislativo 1/1994, de 29 de julio, el importe de las tasa de cuantía fija experimentará, para el ejercicio 2013, un incremento general del 2 por 100.

Por ello el documento ha sido  entregado ha sido registrado con las firmas de los presidentes de la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES PARA LA GESTIÓN CINEGÉTICA DE LA ISLA DE TENERIFE, LA FEDERACIÓN CANARIA DE CAZA Y LA FEDERACIÓN INSULAR DE CAZA DE TENERIFE  QUE SOLICITAN EN SU PARTE FINAL LO SIGUIENTE


A).- Que se anulen las tasas aprobadas en el Pleno del día 30 de noviembre de 2012, en referencia a la obtención de licencias de caza, en todos sus apartados por los siguientes motivos:

1º.- La situación crítica  económica, en la que está inmersa la sociedad insular, y en particular el cazador por los motivos ya expuestos.

2º.- La disminución de especies cinegéticas, y las restricciones en los calendarios que ha habido que tomar a causa de ello, sin que hasta ahora haya habido una recuperación de la situación normal de las especies.

3º.- Por que la medida aprobada,  va a provocar una disminución más acusada de solicitudes de licencias de caza y provocará el furtivismo, sin que haya medios suficientes para su control.

4º.- Que con lo expuesto en la Ordenanza, no se justifica una subida del 14%, ni se cumplen las disposiciones del Real Decreto-Ley 4/2012 ni las disposiciones que la desarrollan.

5º.- Que no se respetan los precios públicos, aprobados por la Ley 10/2012 de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, (BOC de 31 de diciembre de 2012).

6º.- Que se no se hace justicia, tratando a la caza como una actividad generadora de beneficios económicos personales a sus practicantes, tratándolos en cuanto a exigencia de tasas, de forma similar a los autónomos y empresas privadas, que si obtienen rendimientos de su actividad comercial.

7º.- Que en el periodo de información pública citado, de un mínimo de treinta días no se ha publicitado ni puesto a disposición de los ciudadanos, la Ordenanza que se ha aprobado por el Pleno en la forma debida.

.- Que se ha estado y está discriminando a la caza, en relación con otros deportes minoritarios que han sido y son subvencionados, por el Área de Deportes del Cabildo Insular de Tenerife, y encima se grava a la caza con tasas  con aumento muy superiores, a los que en su día se efectuaban años atrás en relación la  Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

9º.- Que sería el Cabildo de Tenerife, el responsable de que los cazadores de esta isla, pagasen mucho más que el resto de cazadores de las otras islas de nuestra Comunidad por el mismo servicio, puesto que como ejemplo la isla de La Palma solo sube la tasa el 2%, Lanzarote condona la Licencia de caza del año anterior y a cambio entrega sin costes a los cazadores la licencia de 2013 y el resto no han aprobado hasta el momento ningún tipo de subida de tasas. 

Los demás Cabildos Insulares no han contemplado, aumento de tasas por licencias de caza y en su caso solo lo harían de acuerdo a la Ley de Presupuestos 10/2012 de la Comunidad Autónoma de Canarias, o usan medidas similares a las de La Palma y Lanzarote. Con ello un cazador de cualquier isla podría cazar en Tenerife, con un coste menor que los residentes en Tenerife, en referencia a su Licencia de Caza, puesto que esta es de validez autonómica.

B).- Que en todo caso, la subida de las tasas de las licencias de caza en la isla de Tenerife , solo sufran el incremento aprobado en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, (BOC de 31 de diciembre de 2012). Es decir del 2 %  y con la siguiente tabla que proponemos.


CLASE DE LICENCIA INCREMENTO 2 %
MODALIDAD DE  CAZA
PRECIO
A1
CAZADOR CON ARMAS MAYOR DE 18 AÑOS
21.01
A2
CAZADOR CON ARMAS MENOR DE 18 AÑOS
10.50
A3
CAZADOR CON ARMAS NO RESIDENTE
21.01
B1
CAZADOR SIN ARMAS MAYOR DE 18 AÑOS
10.50
B2
CAZADOR SIN ARMAS MENOR DE 18 AÑOS
5.25
B3
CAZADOR SIN ARMAS NO RESIDENTE
10.50
C
USO DEL HURON CON LICENCIA “A” O “B”
42.02

PRUEBAS DE APTITUD POR PRIMERA VEZ
10.50

EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS
3.11

SUSTITUCIÓN LICENCIA B1 POR A1
10.50

SUSTITUCIÓN LICENCIA B2 POR A1
15.76

SUSTITUCIÓN LICENCIA B2 POR A2
5.25

PARTICIPACIÓN EN CAZA MAYOR 
3.11

miércoles, 2 de enero de 2013

El Consejo Insular de Caza acuerda iniciar el procedimiento para la aprobación del reglamento que regulará su funcionamiento



Otro de los acuerdos permitirá a los cazadores de Lanzarote canjear sin coste alguno las licencias de 2012 por las del próximo año.

El Consejo Insular de Caza reunido la pasada semana en las dependencias del Cabildo de Lanzarote aprobó por unanimidad de sus miembros el inicio del procedimiento para la aprobación del Reglamento del propio Consejo que será elevado al pleno ordinario que tendrá lugar el próximo mes de enero; y que, tras su aprobación, regulará el funcionamiento del Consejo Insular de Caza de Lanzarote, así como el procedimiento de elección de los Vocales que representan a las sociedades de cazadores, de las asociaciones relacionadas con la defensa de la naturaleza y de las asociaciones de agricultores y ganaderos, con el objeto de contar con una amplia representación de los sectores afectados por esta actividad, según ha informado este domingo la Primera Corporación en nota de prensa.
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Por otra parte, la reunión del Consejo Insular de Caza también permitió tomar el acuerdo, igualmente por unanimidad, de que “previa realización de los trámites pertinentes en el pleno de enero, el Cabildo de Lanzarote acuerde el canje de las licencias de caza expedidas por la propia Corporación en todas sus modalidades durante 2012, por licencias para el ejercicio 2013 sin coste alguno para los cazadores solicitantes en la misma modalidad para la que fue otorgada y siempre que sea solicitado por su titular”.

Como se recordará, el Consejo Insular de Caza acordó en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el pasado 7 de septiembre, solicitar al Gobierno de Canarias la no apertura de la caza en Lanzarote de conejo con perro-hurón y cetrería y perdiz y paloma bravía con perro-escopeta, como consecuencia de la situación climatológica sufrida el pasado verano por varias olas de calor que afectaron gravemente a las poblaciones cinegéticas de la isla, y atendiendo a la petición en este sentido de los cazadores, manifestada por escrito con el respaldo de más de 300 firmas, aproximadamente, pidiendo el cierre de la temporada por la escasez de piezas, tras conocer las conclusiones de un estudio sobre el estado de las poblaciones cinegéticas de la isla sobre el que se emitieron dos informes en los que se aconseja “la no apertura de la veda en el presente año, para así impedir la sobreexplotación de los recursos naturales gravemente deteriorados por la marcada sequía y de esta manera preservar la escasa población actual para una posible y adecuada recuperación de la misma”.
Finalmente el Gobierno de Canarias atendió la demanda de Lanzarote y procedió a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la modificación de la Orden de 27 de junio de 2012, que establece las épocas hábiles de caza para el año 2012, señalando que “No se autoriza la caza debido al estado desfavorable de las poblaciones de especies cinegéticas como consecuencia de las condiciones meteorológicas adversas, adoptándose esta medida con el objetivo de garantizar el aprovechamiento sostenible de este recurso”.

Sin embargo, todo este cúmulo de circunstancias y modificaciones ha llevado a que muchos cazadores de Lanzarote hayan solicitado la expedición de la correspondiente licencia de caza creyendo que, aunque con limitaciones, podrían ejercer la actividad esta temporada por lo que, al no haberlo podido hacer, el Consejo Insular decidió adoptar el acuerdo que permita canjear en 2013, sin coste alguno, las licencias expedidas en 2012.

En otro orden de cosas, en la referida sesión del Consejo Insular de Caza, la presidenta del órgano, y también consejera del Área de Medio Ambiente, Mónica Álvarez, manifestó la intención del Cabildo de aumentar el número de días de entrenamiento de perros de caza en la isla con la finalidad de conseguir que estos animales permanezcan encerrados lo menos posible. A tal efecto pidió a los representantes de la Sociedad de Cazadores que antes de fin de año soliciten los que crean convenientes para valorar su autorización, teniendo en cuenta que sean terrenos cuyo uso no afecte a la agricultura, a la riqueza cinegética, ni a sitios de especial protección. Igualmente, se acordó, al tratarse de un documento legalmente obligatorio y necesario para la gestión de la caza en Lanzarote, iniciar el procedimiento para llevar a cabo la redacción y posterior aprobación del Plan Insular de Caza cuya finalidad será la de definir un marco de actuación general y un modelo de organización cinegética basados en la estructura y clasificación de los terrenos de la isla, así como contemplar actuaciones especiales cuya ejecución se concrete en el tiempo a través de unos objetivos específicos.

Ya en Asuntos de la Presidencia, Mónica Álvarez informó al Consejo sobre la necesaria creación del registro de perros de caza con la finalidad de saber el número de perros que se dedican a la actividad cinegética y evitar también el abandono de estos animales al mismo tiempo que sean identificados, vacunados y dotados del correspondiente seguro de daños por sus titulares. Asimismo, la presidenta del Consejo aprovechó la ocasión para invitar a los cazadores a organizar conjuntamente con la protectora de animales SARA, nuevas jornadas de sensibilización en contra del abandono de podencos e intentar que estos perros sean adoptados como perros de compañía.

Por último, Álvarez informó a los representantes de la Sociedad de Cazadores sobre la necesidad de seguir con la campaña de siembra destinada a facilitar alimento a conejos y perdices y así alejarlos de los cultivos, para lo cual anunció que los granos y tractores del Cabildo estarán a disposición de los interesados una vez se facilite a la Consejería de Caza la autorización de los titulares de los terrenos.

FOTO ANTIGUA COLGADA POR ANTONIO CABRERA DE SAA FUERTEVENTURA





CAZADORES DE FUERTEVENTURA

Los Estancos, 1969. El cazador Manuel Fuentes, en el centro de la imagen siendo muy joven, junto a su padre Juan Fuentes Rodríguez, a su derecha, y su amigo Benjamin Herrera, a la su izquierda, en el patio de la casa en Los Estancos ( Puerto del Rosario ). Manolo, ya retirado de la caceria, fue un destacado cazador de la Sociedad de Cazadores de Fuerteventura, habiéndose proclamado campeón insular en varios años y representando a la isla en el Campeonato de Canarias de Caza Menor con Perro.

EL CABILDO DE TENERIFE SUBE LAS TARIFAS DE LA LICENCIA DE CAZA UNA MEDIA DEL 14 % PARA EL AÑO 2013.

El Pleno de la Corporación Insular, en sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2012, aprobó inicialmente la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS, POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE SU COMPETENCIA.

Todo ello en cumplimiento del Plan de Ajuste, requerido por el Real Decreto-Ley 4/2012 de 24 de febrero, aprobado por el Ministerio de Hacienda y Adminisyraciones Públicas. La Ordenanza se encuentra según el texto, actualmente en exposición pública, y en cuanto entre en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o BOC, previsiblemente a finales de enero se aplicarán al día siguiente.

 LAS TARIFAS SERÁN LAS QUE FIGURAN EN ESTA TABLA





TIPO DE LICENCIA
SE  EXPIDE PARA:
IMPORTE
2012
IMPORTE
2013
A1
Caza con armas a mayores de 18 años
20.60
23.50
A2
Caza con armas menores de 18 años
10.30
11.75
B1
Caza sin armas solo perros, mayores 18
10.30
11.80
B2
Caza sin armas menores de 18
5.15
5.90
C
Caza con Hurón acompañado de licencias clase “A” o “B”
41.20
47.00
Morralero
Mayores de 18 años
10.30
12.00
Morralero
Menores de 18 años
5.15
6.00
Sustitución de clase
Clase B1 vigente por clase A1
10.30
11.70
Sustitución de clase
Clase B2 vigente por clase A1

17.6
Sustitución de clase
Clase B2 vigente por clase A2

5.85


Reproducción del Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Página 23398 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 173, miércoles 12 de diciembre de 2012

16163 14831
El Pleno del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2012,
acordó aprobar inicialmente el expediente de OrdenanzaFiscal reguladora de las Tasas por la realización
 de Actividades Administrativas de Competencia del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en cumplimiento
del Plan de Ajuste requerido por el Real Decreto-Ley 4/2012.

El presente expediente será objeto de exposición pública durante treinta (30) días a partir del siguiente
a la publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán
examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De no presentarse reclamación
alguna durante el referido período, el presente acuerdo se entenderá definitivamente aprobado y las
nuevas tarifas entrarán en vigor al día siguiente de la publicación definitiva del acuerdo en el Boletín Oficial
de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 2012.

El Secretario General del Pleno, José Antonio Duque Díaz.- V.º B.º: el Presidente, Ricardo Melchior
Navarro.