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viernes, 7 de marzo de 2014

LA ISLA DE LANZAROTE TIENE OPERATIVOS SUS CAMPOS DE ADIESTRAMIENTO DE PERROS DE CAZA DESDE EL DÍA 16 DE FEBRERO.


BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS 05/03/2014 V. Anuncios

Cabildo Insular de Lanzarote

931 ANUNCIO de 18 de febrero de 2014, relativo a la aprobación de los campos de entrenamiento de perros de caza podencos y de muestra. 

CAMPOS DE ENTRENAMIENTO PARA PERROS DE CAZA PODENCOS Y DE MUESTRA. 

Desde el día 16 de febrero hasta el 27 de abril, los martes, jueves, sábados y domingos en los siguientes campos:
A partir del mes de mayo y como es tradicional es posible que ya se abran el resto de campos de adiestramiento acostumbrados como en años anteriores.
 
1.- Juan Bello: San Bartolomé. 2.- Chupadero de Diama: Yaiza. 3.- Peña Redonda: Haría. 

Los adiestramientos deberán cumplir las siguientes condiciones:

1.- Se autoriza un perro por cazador y tres perros por cuadrilla. 

2.- Se atenderán las indicaciones que se realicen por los Agentes de Medio Ambiente,Agentes del Seprona de la Guardia Civil o Guardas de Caza. 

3.- Se respetarán los siguientes elementos (aljibes, maretas, viviendas deshabitadas, muros de fincas, materiales arqueológicos o piezas de la cultura material del patrimonio etnográfico),

evitando en el entorno de los mismos el efecto de las patas de los animales que pudiera descubrir o dejar en superficie elementos que hasta la actualidad han permanecido en el subsuelo. 

4.- Todos los usuarios deberán llevar consigo la licencia de caza, recibo de caza controlada y seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor. 

5.- Los perros de caza deberán estar identificados de acuerdo con lo dispuesto en la Legislación vigente y se cuidará de manera especial que dichos animales no causen daños enfincas agrícolas colindantes a dichos campos de entrenamiento. 

6.- El adiestramiento de perros fuera de los terrenos habilitados se considerará comoinfracción por cazar en época de veda.

7.- El acceso de los perros al campo deberá hacerse bajo control y no se podrá transitar por zonas de seguridad con los perros sueltos, prohibiendo dejar residuos o basura en la zona. 

8.- Se deben respetar por los cazadores otros usos que se desarrollen en los campos de entrenamiento establecidos: zonas de cultivo, bancales y muros de piedra existentes, ganado que paste en dichos campos, así como el uso por senderistas y otras actividades deportivas que se desarrollen en el medio natural. 

9.- En cuanto a la circulación de vehículos, con el fin de aumentar la seguridad y vigilancia, se tomarán medidas para evitar, el uso abusivo y el bloqueo de los caminos, prohibiéndose el tránsito fuera de las pistas de acceso.  

10.- Se evitará en todo momento la captura premeditada de piezas y las que inevitablemente se produzcan, se entregarán bajo recibo a una entidad Benéfica. 

Arrecife, a 18 de febrero de 2014.- El Presidente, Pedro San Ginés Gutiérrez.



ANUNCIO  REALIZADO EN EL PASADO AÑO 2013 A PARTIR DEL MES DE MAYO

LA ISLA DE LANZAROTE HA COMENZADO LOS ADIESTRAMIENTOS DE PERROS Y HURÓN.El área de Caza informa que ya está abierto el periodo de uso de los campos de adiestramiento de perros de caza

 El área de Caza del Cabildo de Lanzarote ha resuelto que a partir del presente mes de mayo y hasta la primera fecha de apertura del periodo hábil de caza, se autoriza a los cazadores a acudir a los campos de adiestramientos de perros de caza en las fincas de Juan Bello, en San Bartolomé; en el Rincón del Mundo, en Tías; en el Volcán de Dolores, en Tinajo; en Peña Redonda, en Haría; y en el Chupadero de Diama, en Yaiza. Una de las novedades que tiene Lanzarote en los Campos de Adiestramiento respecto a otras islas  es que se permite el uso del hurón para realizarlo. Otra de sus peculiaridades es que se permite adiestrar los perros y hurones TODOS LOS DÍAS DE LA SEMANA.
 
1º.- En estos campos se establece la prohibición de entrada y entrenamiento de perros en las zonas cultivadas con viñedos, cultivos hortícolas y frutales, desde la floración o mientras permanezcan en cultivo hasta la recogida del fruto.
2º.- En el adiestramiento se autorizarán a un máximo de cuatro perros por cazador y diez por cuadrilla, quedando condicionado el entrenamiento única y exclusivamente a perros de raza podencos.
3º.- El uso de hurones se realizará con carácter especial y exclusivamente en superficies cubiertas de lava volcánica. El número de hurones será de uno por persona y dos por cuadrilla. Estarán debidamente enzalamados en el momento de su utilización.
4º.-Todo el perímetro de los campos de adiestramiento citados, deberá encontrarse debidamente señalizado
5º.- Los adiestramientos se permitirán todos los días de la semana, desde la salida del sol hasta su puesta, debiendo estar obligados al cumplimiento de las indicaciones que se realicen por los agentes de medio ambiente, agentes del Seprona de la Guardia Civil o Guardas de Caza.

 

 
 

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