1 | La Gomera | David Brito Darias | 22 | 21 | 23 | 23 | 20 | 23 | 132 | ||||
2 | Gran Canaria | Alcides Yeray Cabrera Moreno | 20 | 23 | 25 | 21 | 18 | 21 | 128 | ||||
3 | Lanzarote | Omar Rodriguez Castro | 20 | 20 | 24 | 18 | 21 | 21 | 124 | ||||
4 | Lanzarote | Olegario Rodriguez Mendez | 22 | 21 | 20 | 20 | 18 | 22 | 123 | ||||
5 | Fuerteventura | Oliver Alberto Espinel | 19 | 21 | 23 | 17 | 22 | 20 | 122 | ||||
6 | Lanzarote | Jose Miguel Fontanals Mesa | 19 | 20 | 22 | 20 | 16 | 24 | 121 | ||||
7 | Gran Canaria | Jose Juan Falcon Garcia | 17 | 22 | 18 | 18 | 19 | 22 | 116 | ||||
8 | Gran Canaria | Alexis Rios Diaz | 19 | 20 | 24 | 14 | 17 | 22 | 116 | ||||
9 | Lanzarote | Orencio Rodriguez Viña | 19 | 20 | 20 | 16 | 17 | 23 | 115 | ||||
10 | Gran Canaria | Jose Antonio Reina Martel | 20 | 22 | 22 | 14 | 15 | 22 | 115 | ||||
11 | Junior | Gran Canaria | Carlos Santana Rodriguez | 17 | 22 | 18 | 15 | 21 | 21 | 114 | |||
12 | Gran Canaria | Luis Medina Velazquez | 21 | 22 | 20 | 13 | 19 | 19 | 114 | ||||
13 | Fuerteventura | Agustin Alberto Garcia | 19 | 20 | 21 | 17 | 14 | 21 | 112 | ||||
14 | Gran Canaria | Ayose Aleman Ramos | 12 | 17 | 20 | 21 | 19 | 21 | 110 | ||||
15 | Gran Canaria | Raul Aleman Garcia | 16 | 15 | 24 | 17 | 19 | 19 | 110 | ||||
16 | Vet | Tenerife | Manuel Padron Rodriguez | 16 | 19 | 20 | 14 | 19 | 21 | 109 | |||
17 | Tenerife | Zebenzuy Gonzalez Pestano | 18 | 21 | 21 | 11 | 18 | 20 | 109 | ||||
18 | Vet | Gran Canaria | Juan Peñate Peñate | 18 | 16 | 19 | 17 | 17 | 21 | 108 | |||
19 | Gran Canaria | Fernando Rios Mendoza | 18 | 18 | 20 | 16 | 19 | 17 | 108 | ||||
20 | Lanzarote | Jose M Falcon Padron | 20 | 14 | 23 | 14 | 19 | 17 | 107 | ||||
21 | Fuerteventura | Jose A. Hernandez Ojeda | 18 | 18 | 16 | 16 | 16 | 22 | 106 | ||||
22 | Vet | la Gomera | Juan Daniel Marichal Herrera | 18 | 18 | 21 | 15 | 16 | 16 | 104 | |||
23 | Gran Canaria | Victor Perez Afonso | 18 | 18 | 18 | 16 | 13 | 20 | 103 | ||||
24 | Tenerife | Francisco D. Torres Garcia | 19 | 17 | 16 | 14 | 19 | 18 | 103 | ||||
25 | La Palma | Pedro Lorenzo Morera | 16 | 19 | 18 | 14 | 20 | 16 | 103 | ||||
26 | Fuerteventura | Fernando Estupiñan Hernandez | 19 | 15 | 20 | 19 | 10 | 19 | 102 | ||||
27 | Lanzarote | Aridane Fontanals Delgado | 14 | 20 | 21 | 14 | 16 | 17 | 102 | ||||
28 | Tenerife | Jonathan Quintero Alvarez | 17 | 18 | 17 | 14 | 18 | 16 | 100 | ||||
29 | Gran Canaria | Demetrio Ramos Rodriguez | 17 | 17 | 22 | 16 | 17 | 11 | 100 | ||||
30 | Fuerteventrua | Jose M Cedres Martin | 17 | 19 | 18 | 11 | 16 | 18 | 99 | ||||
31 | Gran Canaria | Yeray Jimenez Suarez | 17 | 16 | 20 | 12 | 17 | 17 | 99 | ||||
32 | Vet | Tenerife | Francisco Garcia Martin | 16 | 19 | 15 | 17 | 17 | 15 | 99 | |||
33 | Vet | La Palma | Carlos Rodriguez Pestana | 15 | 18 | 17 | 16 | 15 | 17 | 98 | |||
34 | Tenerife | Neftali Garcia Yanes | 21 | 13 | 19 | 10 | 16 | 18 | 97 | ||||
35 | La Palma | Luis Mariano Luis Pais | 14 | 19 | 17 | 14 | 14 | 18 | 96 | ||||
36 | La Palma | Pedro Chavez Perez | 12 | 11 | 19 | 21 | 16 | 17 | 96 | ||||
37 | Gran Canaria | Carlos Santana Lopez | 15 | 16 | 18 | 18 | 14 | 15 | 96 | ||||
38 | Hierro | Jose Heriberto Perez Rodriguez | 18 | 16 | 19 | 14 | 11 | 17 | 95 | ||||
39 | Fuerteventura | Alberto Ruiz Morillo | 14 | 16 | 12 | 17 | 20 | 16 | 95 | ||||
40 | Junior | Gran Canaria | Jose Eleazar Reyes Lopez | 14 | 18 | 15 | 16 | 18 | 14 | 95 | |||
41 | Junior | Gran Canaria | Yeremay Suarez Peñate | 15 | 13 | 17 | 18 | 13 | 18 | 94 | |||
43 | Vet | Tenerife | Vicente de la Rosa Perez | 18 | 18 | 19 | 10 | 14 | 15 | 94 | |||
42 | Fuerteventura | Carlos Cerdeña Cano | 20 | 13 | 19 | 15 | 12 | 15 | 94 | ||||
44 | Tenerife | Jonathan Diaz Rodriguez | 15 | 18 | 21 | 14 | 13 | 13 | 94 | ||||
45 | Tenerife | Pedro Alberto Perez | 12 | 16 | 18 | 11 | 19 | 17 | 93 | ||||
46 | hsp | Gran Canaria | Abian Rodriguez Bolaños | 13 | 13 | 16 | 14 | 21 | 15 | 92 | |||
47 | Junior | Tenerife | Miguel Oval Gonzalez | 16 | 18 | 19 | 12 | 15 | 12 | 92 | |||
48 | Gran Canaria | Antonio Garcia Garcia | 18 | 13 | 18 | 16 | 10 | 15 | 90 | ||||
49 | Junior | Fuerteventura | Nestor Cerdeña Jimenez | 18 | 12 | 20 | 11 | 12 | 16 | 89 | |||
50 | Vet | Lanzarote | Olegario Rodriguez Fajardo | 15 | 18 | 15 | 13 | 15 | 13 | 89 | |||
51 | Tenerife | Juan Jose Cabrera Abreu | 18 | 17 | 18 | 14 | 9 | 12 | 88 | ||||
52 | Fuerteventura | Juan Manuel Hernandez Ramos | 16 | 14 | 17 | 13 | 13 | 14 | 87 | ||||
53 | La Gomera | Jesus Alayon Beltran | 14 | 16 | 21 | 12 | 11 | 12 | 86 | ||||
54 | Gran Canaria | Jose Juan Lorenzo Leon | 14 | 17 | 16 | 7 | 14 | 17 | 85 | ||||
55 | la Palma | Vicente Lorenzo Morera | 12 | 19 | 15 | 12 | 11 | 15 | 84 | ||||
56 | Junior | Lanzarote | Hacomar Navarro Reyes | 16 | 11 | 14 | 10 | 13 | 19 | 83 | |||
57 | Vet | Tenerife | Pedro Rodriguez Reyes | 13 | 14 | 17 | 13 | 10 | 16 | 83 | |||
58 | Vet | Gran Canaria | Gummar | 15 | 14 | 16 | 13 | 8 | 15 | 81 | |||
59 | Tenerife | Jose Luis Lopez Marcos | 14 | 15 | 14 | 12 | 11 | 14 | 80 | ||||
60 | Fuerteventura | Abraham Chocho Cabrera | 11 | 12 | 19 | 15 | 11 | 12 | 80 | ||||
61 | Tenerife | Javier Reyes Bethancourt | 8 | 10 | 16 | 12 | 16 | 17 | 79 | ||||
62 | La Palma | Francisco Javier Machin Perez | 14 | 11 | 16 | 9 | 15 | 13 | 78 | ||||
63 | Fuerteventura | Blas Acosta Medina | 9 | 11 | 17 | 13 | 12 | 15 | 77 | ||||
64 | Lanzarote | Miguel Barreiro Cano | 11 | 16 | 14 | 15 | 6 | 15 | 77 | ||||
65 | Hierro | Omar Armas Brito | 10 | 12 | 16 | 14 | 13 | 11 | 76 | ||||
66 | Tenerife | Miguel Angel Garcia Torres | 12 | 15 | 13 | 8 | 13 | 14 | 75 | ||||
67 | Tenerife | Tomas Gonzalez Jorge | 9 | 11 | 20 | 12 | 10 | 13 | 75 | ||||
68 | La Palma | Fco. Javier Triana Mendez | 16 | 13 | 10 | 11 | 11 | 11 | 72 | ||||
69 | Dama | Gran Canaria | Mª Pilar Romero Bordom | 12 | 14 | 16 | 8 | 10 | 11 | 71 | |||
70 | Tenerife | Enrique A. Ramos Alonso | 10 | 8 | 15 | 11 | 11 | 15 | 70 | ||||
71 | La Palma | Jose Piñero Varela | 13 | 15 | 9 | 13 | 10 | 10 | 70 | ||||
72 | Hierro | David Quintero Diaz | 11 | 13 | 14 | 10 | 6 | 9 | 63 | ||||
73 | Dama | la Palma | Rosaura Gonzalez Perez | 11 | 13 | 11 | 7 | 11 | 9 | 62 | |||
74 | Hierro | Andres Alberto Hernandez Cejas | 13 | 5 | 10 | 8 | 8 | 14 | 58 | ||||
75 | Vet | Fuerteventura | Carmelo Marrero Medina | 7 | 14 | 5 | 7 | 12 | 11 | 56 | |||
76 | Dama | Tenerife | Natividad Peñate Diaz | 9 | 11 | 12 | 7 | 6 | 11 | 56 | |||
Equipo Insular Campeon LANZAROTE | |||||||||||||
Lanzarote | Omar Rodriguez Castro | 124 | |||||||||||
Lanzarote | Olegario Rodriguez Mendez | 123 | |||||||||||
Lanzarote | Aridane Fontanals Delgado | 102 |
Tenemos más de 246.994 lecturas, con ello nos hemos convertido en el BLOG de caza de canarias más seguido por los cazadores y seguimos dando información lo más fresca posible. Un blog en el que tendremos noticias, fotos y videos de la actualidad en Canarias a todos los niveles y en que los amigos podrán participar activamente, Gracias a todos, que nos envían datos, fotos y referencias de preciosos vídeos.
¿Que opinas sobre el peligro del conejo para la retama del Teide
lunes, 25 de abril de 2016
CLASIFICACION DEL CAMPEONATO DE CANARIAS DE COMPACK SPORTING CELEBRADO LOS DIAS 23 Y 24 DE ABRIL EN EL CAMPO DE TIRO LOMO PLLO EN TELDE GRAN CANARIAS.
jueves, 14 de abril de 2016
PARADO EL TRÁMITE DE BONIFICACION DE TASAS POR LICENCIAS DE CAZA POR UN INFORME DEL INTERVENTOR DEL CABILDO
EL INTERVENTOR DEL CABILDO DE TENERIFE BLOQUEA CON UN INFORME LA ENTRADA EN VIGOR DE TASAS REDUCIDAS PARA LOS CAZADORES JUBILADOS DE TENERIFE, AQUÍ LES DEJO LA COMPARATIVA CON EL RESTO DE COMUNIDADES ESPAÑOLAS
![]() |
VENANCIO YA FALLECIDO SIEMPRE TUVO QUE PAGAR |
Comunidad Aut. Desc mayores Descuento menores
Andalucía > 65 años gratuita < 18 años, dto. 50%
Aragón > 65 años gratuita No
Asturias No No
Cantabria > 65 años gratuita No
Castilla La Mancha > 65 años residentes gratuita No
Castilla y León > 65 años residentes gratuita No
Cataluña > 65 años gratuita
Ceuta
Com. de Madrid > 65 años gratuita < 18 años, dto. 70%
Com. Valenciana > 65 años gratuita No
Extremadura No No
Galicia > 65 años, dto. 50% < 18 años, dto. 50%
Islas Baleares > 65 años gratuita No
Islas Canarias No < 18 años, dto. 50%
Isla de Lanzarote > 65 años gratuita
La Rioja No No
Murcia No No
Navarra No No
País Vasco > 65 años gratuita No
La Rioja No No
Murcia No No
Navarra No No
País Vasco > 65 años gratuita No
FOTO DEL AÑO 2004 LA MAYORÍA YA JUBILADOS |
Con esta decisión, tomada por el Pleno el pasado mes de febrero, la palabra dada por el Consejero de Medio Ambiente y el propio Presidente del Cabildo queda en entredicho. Puestos en contacto con los despachos, nos dicen que van a tratar de solucionarlo en breve, esperemos que lo consigan para beneficio de los 1.800 cazadores de Tenerife que según datos del Cabildo resultarían beneficiados. Resulta incomprensible, esta tesis del Interventor.
Seguimos luchando para conseguir el objetivo.
LA PROFESORA DE LA ULL JUANA MARÍA GONZÁLEZ MANCEBO NO NOS CONVENCIÓ CON SUS EXPLICACIONES Y POR PARTE DE LOS ASISTENTES MUY POCO CONVENCIMIENTO OBTUVO
Como ya dijimos en anterior entrada, hoy hemos asistido al
Taller sobre la problemática de las especies invasoras y domésticas
asilvestradas en Canarias.
El Taller trató nueve ponencias, algunas de las cuales
fueron bastante extensas en sus oradores y resultaron educativas en algunos
aspectos.
En cuanto a las ofrecidas por Juan Luis Rodríguez Luengo, PREVENCIÓN DE VERTEBRADOS INVASORES DE LA
FAUNA EN TENERIFE y a la de Juana Mª González Mancebo ¿QUE SABEMOS SOBRE LA INCIDENCIA DEL CONEJO
EUROPEO EN LOS ECOSISTEMAS DE CANARIAS?, que eran las que más directamente
trataban el tema, de conseguir que el
conejo silvestre se incluyese en el Catálogo de Especies Invasoras de Canarias,
creemos que pecaron de exageraciones hacia los posibles daños del conejo, hacia
la biodiversidad canaria.
D. Juan Luis Rodríguez Luengo nos adelanta
que se está tratando el Decreto de control de exóticas invasoras aduciendo
efectos negativos sobre ecosistemas y daños a la agricultura. Así mismo
sentencia que el conejo silvestre "ES INTRODUCIDO", ya sea
en el siglo XV o por los fenicios. Ya por lo menos habla de los fenicios.
Hasta ahora su teoría solo hablaba del siglo XV.
Plantea como soluciones
el diseño de estrategias, prevención anticipada y erradicación rápida.
Habla que se han visitado prácticamente todas las tiendas de animales de
Tenerife y el resultado de la inspección, es bueno en general con matices. y
nos comenta la colaboración de la S.E.O y la consulta con el Banco de Datos de
la Biodiversidad.
Este Banco de Datos nos da una idea de como están
distribuidas las especies, pero está muy
poco ajustado a la realidad pues como hemos verificado en algunas de las
cuadrículas del territorio de 500 metros por otros 500 hemos observado que en
la población de EL FRAILE, habitan estas especies protegidas que les
mostramos:

Esto es un verdadero disparate de esta Base de Datos de
Biodiversidad, pero esta es
la referencia con la que "LOS
EXPERTOS PROYECTAN SUS NORMAS". La verdad es que es difícil de
creer que entre los edificios se encuentren estas especies. Pero así lo manifiestan
los "expertos y se quedan tan tranquilos".
La ponencia ofrecida por la Doctora Juana Mª González
Mancebo, todavía pecó más de datos poco
ciertos y con muchas referencias a otras partes del mundo, cuando en realidad
se trataba de los ecosistemas de Canarias y de la incidencia del conejo en
ellos.

Se refiere luego al
Parque del Teide, dando como seguro que los conejos acabarán con las retamas, y
nos ofrece una foto de una retama de las consideradas espigada, diciendo que
han sido los conejos los que se la han comido en sus partes bajas . Esta foto es de pena, pues a su alrededor
se observan otras retamas perfectamente pobladas y rastreras como suelen ser
casi todas.
Afirma que no hay
retamas pequeñas, por que el conejo no se come solo las ramas sino incluso las
semillas. Otro desliz de la profesora, como veremos dentro de unas lineas.
Esta profesora cuando
habla de la isla de La Palma, afirma que solo en los riscos más escabrosos, se
conservan algunas especies que escapan de la depredación de los conejos, y han
prosperado. Ignora esta señora, que el
conejo entra en los riscos casi donde entran solo las aves.
Para colmo desconoce
por lo visto, los trabajos efectuados por el Catedrático de Botánica WOLFREDO
WILDPRET DE LA TORRE. en un trabajo que
titula CONSIDERACIONES SOBRE LA FITODIVERSIDAD DE LAS CAÑADAS DEL TEIDE, que nos dice lo
siguiente refiriéndose al conejo silvestre:
Desde 1.986 se lleva a
cabo un estudio de la población del conejo del Parque Nacional del Teide,
poniéndose de manifiesto que, ésta se encuentra en plena fase de recuperación
después de haber sido expuesta a una fuerte presión cinegética durante cinco
años (1.988-1.992) y haber sufrido dos brotes de enfermedad vírica (1.989 y
1.992).
En cuanto a las
conclusiones (Memoria 1994) sobre la
alimentación preferida por los conejos se ha podido saber que la población del
Parque es bastante selectiva a la hora de elegir su sustento. Los factores
determinantes son la composición específica de la comunidad vegetal disponible
y las variaciones en la abundancia relativa de las especies apetecibles.
Del conjunto de 14
especies seleccionadas en las parcelas de experimentación se han obtenido los
siguientes resultados: .-
•Plantago webbii. "crespa o pinillo blanco".
•Scrophularia glabrata.
Fistulera tinerfeña
•Nepeta teydea. "tonática, neuta o hierba gatera
•Bromus tectorum. .- arabueyes, aragüeyes, espiguilla,
espiguilla colgante, zaragüell
Dos
especies aunque consumidas, son poco apetecibles:
•Echium auberianum. tajinaste picante
•Erigeron cabrerae. .-
Una
especie cambia notablemente el valor de su índice de selectividad con la
composición específica de las distintas comunidades vegetales. En unas parcelas
es consumida y en otras es rechazada.
•Pterocephalus lasiospermus. .- "rosalito de cumbre
Dos
especies son muy apetecibles para los conejos
•Erysimum scoparium. Alhelí
del Teide
No obstante, el grado
de depredación para la dieta, está en función de la composición de la comunidad
vegetal de la parcela. Así, Descurainia bourgeauana cuando se encuentra
acompañada por Pterocephalus lasiospermus y/o Erysimun scoparium está
seleccionada de forma moderada, mientras que cuando aparece Argyranthemum teneriffae y/o Adenocarpus
viscosus su consumo es no selectivo.
Para Erysimum, los
valores del índice de selectividad demuestran que existe un consumo selectivo
moderado cuando aparece con Pterocephalus lasiospermus y cuando aparece
Descurainia bourgeauana y/o Adenocarpus viscosus su consumo no es selectivo. .-
•Argyranthemum teneriffae.
Margarita del Teide
•Adenocarpus viscosus.
.- codeso
del Teide
Una especie es bastante
apetecible:
•Arrhenatherum calderae. .- "mazorrilla del Teide"
Por
último una especie es consumida o es rechazada en función de la ubicación de la
parcela.
•Tolpis webbii. ( Flor
del Malpais) La principal conclusión a la que se llega tras el análisis de la
depredación de la vegetación por las dos especies introducidas en el Parque
Nacional, es que el conejo al ser más selectivo, consume especies más
abundantes y con menores riesgos de conservación, a excepción de Echium
auberianum, incluida en el Anexo I de la Orden 20/2/1.991, y de Nepeta teydea
incluida en el Anexo II.
Profesora ¿Donde
cita el Dr. Wolfredo Wilpret, que el
conejo coma semillas de retamas?. ¿ O es que usted tiene mayores conocimientos, más actualizados y desconocidos por los demás profesores de la ULL, hasta ahora?
Antes de pasar a
nuestra exposición, rebatimos algunas de las declaraciones de la profesora,
puesto que sus afirmaciones se contradecían con lo expresado en uno de sus
trabajos
INTERACIÓN
ANIMAL - PLANTA EN TRES ESPACIOS DE LA RED NATURA EN EL SUR DE TENERIFE.
Informe financiado por la Dirección General del Medio Natural donde trabaja el
Sr. Luengo.
En este informe que
firmaba junto a otras personas Marta López Darias y Marcelino del Arco Aguilas
se afirma:
Que pese al evidente y
priorotario interés, que tendría estudiar los impactos ecológicos que ESTA
ESPECIE INVASORA, el conejo silvestre (Ella lo llama EUROPEO),causa en Canarias,
para así establecer estrategias de gestión eficaces y para una mejor
conservación de los ecosistemas del archipiélago, APENAS EXISTEN ESTUDIOS A ESTE
RESPECTO Y SON PRACTICAMENTE INEXISTENTES EN LAS ÁREAS PROTEGIDAS.

Más adelante la
profesora afirma, en el Informe, que el conejo silvestre se encuentra presente
en todos los habitats de Canarias así como en numerosos islotes y su impacto sobre los ecosistemas es comúnmente
reconocido pero la información disponible sobre esta especie es sorprendemente escasa.
Una de dos o sus
declaraciones en la ponencia eran inciertas, o lo escrito en el Informe es
totalmente erróneo, por no decir presuntas mentiras para satisfacer al mandante
Gobierno de Canarias.
Semejante bochorno para
esta experta y especialista, que quedó sorprendida y ni siquiera explicó, cual
de las dos opciones era la verdadera, lo expresado en el Informe o su disertación
en el taller.
Por nuestra parte en la
exposición, explicamos claramente que al ser islas oceanicas y volcánicas "todos los animales y la mayoría de
las plantas son también INTRODUCIDAS de
alguna forma por el hombre". Dejamos claro que el conejo se conoce
como tal desde el siglo X antes de Cristo lo que le da una antigüedad de 3.000
años, y que esa fecha coincide con la presencia de sus descubridores los
fenicios en sus correrías comerciales
por el Atlántico y el Mediterráneo, por lo que es posible y muy probable que
llegase como los demás animales mamíferos, cabras , ovejas , cerdos e incluso
perros y aves a Canarias en esas o
posteriores fechas. En esa lista también
cabe como no el lagarto , el conejo y otros.
También
dejamos claro, que los requisitos para ser invasor el conejo silvestre según su
definición en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras no se cumplían en el
conejo silvestre.
Estos requisitos son artículo 52.2. Además creó, en su artículo 61.1, el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, en el que se han de incluir todas aquellas especies y subespecies exóticas invasoras que constituyan, de hecho, o puedan llegar a constituir una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía, o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural.
El conejo silvestre en Canarias, no es una amenaza grave para las especies autóctonas puesto que no existen en Canarias otras especies diferentes de la familia de los logoformos y por tanto es imposible la hibridación.
El conejo silvestre no es una amenaza para los habitats canarios puesto que dada sus características propias no necesita por lo general excavar grandes galerias ni deformar el terreno puesto que aprovecha la geología volcánica y los abundantes barrancos , riscos y vegetación abundante para sus madrigueras.
El conejo silvestre no es una amenaza para la agronomía o agricultura, puesto que en los diferentes Consejos Insulares de Caza y el Consejo Regional no se refieren daños apreciables salvo casos muy aislados y siempre en espacios a los que el cazador no puede acceder a cazarlos.
El conejo silvestre, no es una amenaza para los recursos económicos, sino todo lo contrario, pues de los Estudios Estadísticos de Pinolere, se demuestra que al contrario el conejo es generador de riqueza en el mundo rural por las aportaciones de los cazadores.
Esta profesora afirmaba, que la abundancia del conejo silvestre, dados los estudios de población del Parque del Teide, eran una amenaza.

Los datos facilitados por el personal del Parque, en los Consejos Insulares estiman que el Indice Kilométrico de Abundancia, se estima en 0,5 ejemplares por kilómetros hasta en algunos casos 1,5 conejos por kilómetros. Esto es una tasa muy baja para ser considerada amenaza, salvo en algún punto concreto, como el Observatorio Meteorológico de Izaña en el que no se puede cazar esta especie.
Con todo ello y algunas cuestiones más, como razones históricas, razones deportivas, razones económicas y razones discriminatorias, creemos que pudimos desmontar sus teorías, de que el conejo silvestre hay que incluirlo en el Catalogo de Especies Exóticas invasoras de Canarias, pero hay que estar atentos, pues las más que claras conexiones de este grupo IBIOCA, con los técnicos del Gobierno de Canarias ( algunos), nos hacen presagiar que la lucha no ha terminado y habrá que hacer sonar de nuevo las voces de los cazadores en la calle.
Como anécdota cabe resaltar, que en el programa de ponencias y a última hora, se trató de cambiar el orden de intervención, en el que nosotros éramos los últimos para agotar el tiempo, sin que pudiésemos hacer frente a las posturas de esta profesora. No les salió el plan preconcebido a última hora por que nos negamos al cambio propuesto.
En otra entrada daremos datos del resto de ponencias.
martes, 12 de abril de 2016
La sección 6ª de la Audiencia Provincial de la Coruña en número de sentencia 125/2016 «CONDENA a la FEDERACIÓN GALLEGA DE CAZA a abonar a la RFEC la cantidad de 77.920,30 € más los intereses legales
Todo esto viene desde el año 2012, en el que se celebraron elecciones a la presidencia de la Real Federación Española de Caza, en las que el recuento de votos fue favorable para Andrés Gutierrez.
Algunas Federaciones autonómicas reclamaron el resultado de los comicios, alegando existir un Censo Electoral incompleto y algunas otras razones muy largas de explicar.
A consecuencia de ello, se formó un grupo opositor en el que destacaba el presidente de Andalucía, que fueron judicializando la situación con sentencias con dispar resultado. Los tiros iban dirigidos al presidente electo, el cual fue acusado de cometer presuntamente varios delitos, de los que salió absuelto, pero como ya hemos dicho todo esto no hizo más que dar bandazos, y crear un conflicto muy fuerte, que acabó con la inhabilitación del presidente de la RFEC por parte del Consejo Superior de Deportes.
La Real Federación Española de Caza, al tener a consecuencia de la separación unilateral de estas federaciones autonómicas, vió mermada su capacidad económica ya que desde las autonómicas se dejaron de ingresar en la tesorería de la RFEC, unas cantidades que estaban siendo el sustento de la misma, por la parte que le correspondía por cada una de las Licencias Deportivas, que se emitían conjuntamente con un Seguro de Responsabilidad Civil y que eran de carácter nacional.
Tal es así que de nuevo se judicializa la deuda y las reclamaciones, y se producen algunas sentencias favorables a las Federaciones Autonómicas, que al ser recurridas ahora están saliendo sentencias favorables a la RFEC, como es en este caso la que condena a la Federación Gallega de Caza al pago de una cantidad importante y que dará base a reclamaciones de otros años posteriores de las deudas que se mantienen con la RFEC.
Pues bien, partiendo de estos antecedentes
consideramos que la federación demandada, al estar integrada en la RFEC estaba
y está obligada, en virtud de lo dispuesto en los Estatutos de dicha
federación, a contribuir al sostenimiento de la misma mediante el pago de las
correspondientes cuotas, tal y como ha venido haciéndolo hasta el año 2012. En
consecuencia, no puede eludir el pago de la cuota por el mero hecho de emitir
una licencia de ámbito autonómico porque el pago de la cuota ha estado ligado
al hecho de la emisión de la licencia de caza, sea autonómica o de carácter
nacional, pues de lo contrario, a pesar de estar integrados en la RFEC sólo
generarían gastos y no contribuirían a su sostenimiento, cuando precisamente el
grueso de los ingresos de la misma proceden del pago de las cuotas por emisión
de licencias. Ello sin perjuicio de la posibilidad de denunciar el convenio y
separarse de la Federación si ése fuese realmente su deseo.
Por
tanto, consideramos que la actuación de la demandada es fraudulenta porque, al
amparo de la Ley gallega que les permite emitir licencias de ámbito autonómico,
lo que realmente persiguen es eludir el pago de la cuota que como integrantes
de la RFEC están obligados a sufragar y de hecho, así han venido haciéndolo
hasta que se produce el enfrentamiento en el seno de la federación demandante.
Con ello lo que se pretende es seguir perteneciendo a un organismo, como se ha
puesto de manifiesto, sin contribuir a sus gastos de sostenimiento y es
evidente que el ordenamiento jurídico no puede amparar este comportamiento
fraudulento. Resulta revelador que, a partir del mes de mayo de 2013, la
federación demandada sólo hubiera emitido licencias de ámbito autonómico.
Por
otro lado, es significativo el hecho de que la nueva licencia emitida sea
sustancialmente idéntica a la anterior y en ella se sigan recogiendo conceptos
como “importe del seguro” y “cuotas federativas” en plural y se emplee un
concepto tan ambiguo como “otros” e incluso, que la lengua empleada en su
redacción sea el español y no el gallego, con lo cual se estarían cumpliendo
los requisitos exigidos por los estatutos de la RFEC para que los asociados
puedan participar en actividades de ámbito nacional e internacional
dificultando con ello el control por parte de la demandante. Además, no está
acreditado que con dicha licencia los federados gallegos no hayan podido
participar en competiciones deportivas de ámbito estatal e internacional, no
sólo debido a la similitud existente entre ambas licencias, sino a lo dispuesto
en el artículo 32.4 de la ley 10/1990, anteriormente mencionado. Asimismo,
resulta ilógico que pagando la misma cantidad que abonaban anteriormente los
federados gallegos renuncien a obtener las prestaciones que antes obtenían, ya
que, según la versión de la demandada, pagando el mismo precio, ahora no pueden
participar en las competiciones deportivas de ámbito estatal e internacional,
cuando antes sí podían hacerlo.
Todos
estos hechos ponen de manifiesto que lo realmente buscado por la federación
demandada es eludir el pago de las cuotas con el que hasta la fecha han venido
contribuyendo al sostenimiento de la RFEC en la cual se encuentra integrada y
ello ha de conllevar la estimación del recurso de apelación, con estimación de
la demanda condenando a la FGC a abonar a la actora la cantidad reclamada en
concepto de cuotas dejadas de abonar, con los intereses legales desde la fecha
de la reclamación extrajudicial de la deuda.
Todo ello sin perjuicio de que, una vez
abonada la deuda, pueda la entidad demandada exigir el pago de la
correspondiente subvención derivada de la expedición de cada licencia, si bien
dicha cuestión, en su caso, deberá ser objeto de otro procedimiento al no
haberse planteado la excepción de compensación o, en su caso, reconvención.
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