Como novedad , respecto a años anteriores hay que destacar, que el campo de San José de los Llanos o Volcán de Trebejo, ha sido modificado quedando reducido en la parte superior, debido a que se encuentra dentro de la zona de "uso restringido", de la Reserva Natural Especial Volcán del Chinyero.
NUEVO CAMPO EL ISLOTE JUNTO A "EL TANQUE " Y SAN JOSÉ DE LOS LLANOS. |
Esta modificación ha sido llevada a cabo, por el Servicio Técnico de Medio Ambiente del Cabildo, pese a la oposición de las Sociedades de Cazadores de la zona, y de la Federación de Gestión Cinegética de la isla de Tenerife, en cumplimiento de los acuerdos de su Asamblea. A cambió de esta reducción de aproximadamente unas 50 Hectáreas, se abre un poco más abajo un nuevo espacio de adiestramiento, de alrededor de 100 Hectáreas en la zona conocida como EL ISLOTE, que se encuentra también en la misma Reserva Especial aunque en "zona de uso moderado". Este nuevo espacio, se señalizará de inmediato para poder adiestrar los perros de caza.
CAMPO DE VOLCAN DE TREBEJO QUE HA SIDO REDUCIDO POR EL CABILDO DE TENERIFE. Desde la linea roja hasta el cono volcánico |
Publicamos la Resolución que autoriza los campos de adiestramientos de invierno temporada 2013.
Resolución de 4 de febrero de 2013 de la Sra. Consejera Insular
de Medio Ambiente,
Sostenibilidad Territorial y Aguas, por la que se autoriza la apertura de campos de adiestramiento invierno de perros de
caza 2013.
El artículo 27 de la Ley 7/1998, de
6 de julio, de Caza de Canarias, dispone que para el establecimiento de campos
de entrenamiento y adiestramiento se requerirá la autorización del Cabildo
Insular.
El artículo 46 del Reglamento de la
Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, aprobado por Decreto 42/2003,
de 7 de abril, establece que los Cabildos podrán autorizar la apertura de zonas
de adiestramiento y entrenamiento para perros de caza, fijando los lugares,
épocas y condiciones en que podrán llevarse a cabo.
En su virtud, en ejercicio de las
competencias que me confiere el artículo 10.1.ñ) del Reglamento Orgánico del Cabildo
Insular de Tenerife,
FOTO LA CAZA EN CANARIAS
RESUELVO:
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Municipio
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Denominación
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Situación
con respecto a la
temporada 2012
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Observaciones
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Arafo y Güimar
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“Altos de Arafo y
Güimar” o “Lo de Ramos”
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Sin modificación
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Los mismos límites que el año anterior.
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Santa Cruz
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“El Mayorazgo”
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Sin modificación
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Los mismos límites que el año anterior.
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Arona
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“Los Frailes”
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Sin modificación
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Los mismos límites que el año anterior.
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Arico
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“El Porís”
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Sin modificaciones
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Los mismos límites que el año anterior.
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El Tanque y Garachico
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“San José de los
Llanos” o “Volcán de Trebejo”
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Con modificación: su
perímetro se reduce
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Los límites se reducen
con respecto al año
anterior
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El Tanque y Garachico
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“El Islote”
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Nueva creación
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Según cartografía
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Santiago del Teide y Guía de Isora
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“Montaña de Samara”
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Sin modificaciones
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Los mismos límites que el año anterior.
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La Orotava y Los Realejos
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“Subida a Las Cañadas”
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Sin modificaciones
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Los mismos límites que el año anterior.
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2.- Los adiestramientos deberán ajustarse al cumplimiento de las
siguientes condiciones:
1.
Sólo estará permitido el adiestramiento de perros de caza,
con un máximo de seis (6) perros por cazador y cuadrilla. Se prohíbe el uso
de hurón, de armas de fuego y la suelta de especies cinegéticas.
2.
El periodo habilitado para la práctica de los
adiestramientos especiales se extenderá desde
el domingo 10 de febrero de 2013 hasta la apertura de la temporada de
adiestramientos de verano, en junio.
FOTO LA CAZA EN CANARIAS |
3.
Se permite el adiestramiento
todos los días de la semana, desde la salida del sol hasta su puesta. A
estos efectos será de aplicación la hora oficial de orto y ocaso determinada
para la provincia de Santa Cruz de Tenerife por el Observatorio Astronómico
Nacional, Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Fomento (http://www.fomento.gob.es/salidapuestasol/2013/Santa-2013.txt)
4.
Todos los usuarios deberán portar la licencia de caza en vigor, así como Documento Nacional de
Identidad, documento equivalente identificativo o Pasaporte. Al tratarse de
zonas incluidas en el régimen cinegético especial de caza controlada, se exigirá también el permiso vigente emitido por la Federación de Asociaciones para la Gestión Cinegética
de la Isla de Tenerife.
5.
Los perros de caza
deberán estar identificados de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente.
6.
El adiestramiento de
perros fuera de los terrenos habilitados podrá ser considerado como
infracción por cazar en época de veda.
7.
El acceso de los
perros al campo deberá hacerse bajo
control y no se podrá transitar por zonas de seguridad con los perros sueltos.
8.
En cuanto a la circulación
de vehículos, con el fin de aumentar la seguridad y vigilancia, se
tomarán medidas para evitar el uso
abusivo y el bloqueo de los caminos, prohibiéndose el tránsito fuera de las
pistas de acceso. En el campo de adiestramiento de Los Frailes no se
autoriza entrar con los vehículos por las pistas, debiendo estacionarlos en los
límites de dicho campo.
FOTO LA CAZA EN CANARIAS |
9.
Toda pieza cobrada
accidentalmente será entregada a los Agentes de Medio Ambiente
del Cabildo de Tenerife o Agentes de la Guardia Civil, o guardería al servicio de la Federación de Asociaciones para la Gestión Cinegética
de la Isla de Tenerife, quienes la entregarán, previo recibo, al centro benéfico más
próximo.
10.
Se respetarán los
límites del campo y las señales correspondientes. Desconocer los primeros o la no presencia
de las segundas no implica estar excusado de responsabilidad. La cartografía oficial
de los campos se corresponde con la dispuesta en la página web del Excmo.
Cabildo Insular de Tenerife. www.tenerife.es.
11.
No estará permitido entrenar auxiliándose
con palos u otros objetos y acosar a las especies cinegéticas para facilitar su
captura. No obstante lo anterior queda excluida de dicha prohibición el
utilizar bastón u otro medio de apoyo por aquellos cazadores que tengan
dificultad en sus movimientos y les haya sido prescrito por el médico, lo cual
deberán acreditar mediante el correspondiente certificado.
12.
En lo no previsto será
de aplicación la legislación vigente en materia cinegética.
En San Cristóbal de La Laguna, a 4
de febrero de 2013.
La Consejera Insular de Área
Ana Guadalupe Mora Padilla
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