Esta propuesta es la siguiente, que todavía debe ser aprobada en el Consejo Insular de manera formal y trasladarla luego al Consejo de Caza de Canarias a celebrar el día 13 de junio.
Solo se permitiría la caza del conejo, la perdiz roja y la paloma bravía aunque se incluyen como especies de caza a los animales asilvestrados.
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FOTO LA CAZA EN CANARIAS.
Conejo con perro de caza y hurón pero sin escopeta: del 04 de agosto al 27 de octubre.
• Conejo con perro de caza y hurón con escopeta: del 15 de septiembre al 29 de septiembre.
• Perdiz roja y paloma bravía con perro de caza y escopeta: del 15 de septiembre al 27 de octubre.
• Paloma al paso (solo con arma de fuego): del 15 de septiembre al 27 de octubre.
Los días hábiles de caza serán los jueves y domingos. |
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FOTO DAVID PÉREZ |
Se autorizan las modalidades de cetrería y caza con arco, desde el 14 de agosto hasta el 26 de octubre.
Condiciones para el uso del hurón: Se autoriza el uso de un máximo de dos hurones por cazador y licencia, y tres por cuadrilla.
Condiciones para el uso de perros: Se autoriza el uso de un máximo de cuatro perros por
cazador individual, ocho perros en el caso de dos cazadores y doce por
cuadrilla. En las modalidades de cetrería y caza con arco, se autoriza
un perro por cazador.
Condiciones para la caza en cuadrilla: Las cuadrillas podrán estar formadas por un mínimo de
tres y un máximo de cinco titulares de licencia de caza. La cuadrilla
sólo podrá asistirse por un morralero o auxiliar, o un acompañante, si
este es mayor de 16 años. Si su edad es inferior, se admite un morralero
o auxiliar, o un acompañante por cazador y hasta tres por cuadrilla.
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FOTO LA CAZA EN CANARIAS |
En la modalidad de cetrería y caza con arco, se admite un máximo de tres cetreros.
Limitaciones al número de piezas cazables por cazador y día se autorizan un máximo de tres conejos,
tres perdices rojas, y un número ilimitado de palomas bravías y
animales asilvestrados. En las modalidades de cetrería y caza con arco,
se autoriza un máximo de dos piezas.
Por cuadrilla y día se autorizan
nueve conejos, nueve perdices, y un número ilimitado de palomas y
animales asilvestrados. En las modalidades de cetrería y caza con arco,
se autoriza un máximo de seis piezas.
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